Én relación al artículo publicado el 28/09/2008 en el "Correo de Alava " por Aitor Alonso sobre las tres normas que existen para poder hacer testamento dependiendo de la vecindad de la persona y que limitan la libertad a la hora de decidir "las últimas voluntades del que pasará a mejor vida" , cabe decir lo siguiente:
La ley 3/1992 del 1 de julio sobre Derecho Civil Foral del Pais Vasco establece tres formas diferentes a la hora de testar: por un lado los aforados , que se rigen por el derecho civil foral, comprende todas aquellas poblaciones que no tienen la denominación de villa.
Por otro , los no aforados , es decir, aquellos que se rigen por el derecho civil común y tienen vecindad civil en una villa: Bilbao , Portugalete , Balmaseda , Plencia , Gernika , Lekeitio , Durango Bermeo , Markina-Xemein , Ondarroa , Ermua y Lanestosa.
Y por último , aquellos que tienen vecindad en el Valle de Ayala , con su propio fuero , dejando libertad total al testador para que decida a quien dejar sus bienes.
En la ley 3/1999 se introdujo alguna pequeña modificación , no obstante ,voy a detallar las iniciativas que se han producido hasta fecha de hoy.
El 20 de junio de 2007 la "Academia Vasca de Derecho " formada por jueces , abogados , notarios ,registradores de la propiedad , procuradores y profesores universitarios , presentan en unas jornadas celebradas en Bilbao un "Anteproyecto de Ley de Derecho Civil Foral del Pais Vasco "basado en cuatro puntos fundamentales:
1-Que se dé un mayor protagonismo al derecho civil en todo el territorio del Pais Vasco.
2-Que haya un respeto por las instituciones de los derechos civiles forales territoriales vascos.
3-Que ambos derechos el civil y el foral se complementen e interaccionen estre sí.
4-Que se adapte el derecho civil vasco a posteriores realidades sociales y legislativas.
El 31 de mayo de 2012 la "Academia Vasca de Derecho" y el "Colegio de Abogados de Bizkaia"elaboran una "Propuesta de Ley Civil Vasca " después de revisar y reformular el anteproyecto del 2007 , y se remite a los grupos políticos del Parlamento Vasco.
El 28 de noviembre de 2012 se desarrolla la undecima jornada sobre derecho civil foral del Pais Vasco profundizandose en las instituciones del derecho civil foral en relación con la nueva propuesta de ley presentada en el parlamento por la "Academia Vasca de Derecho."
El parlamento vasco aprueba en 2013 una iniciativa no de ley relativa a la actualización del derecho civil vasco.
El Parlamento Vasco acuerda constituir una ponencia para que en el plazo de seis meses comparezcan los principales expertos en la materia , con el objeto de que antes de que acabe el 2013 se active el procedimiento reglamentario para aprobar la reforma del derecho civil vasco.
La ponencia se ha presentado el 28 de noviembre de 2013 aprobandose la resolución para la actualización del derecho civil vasco , publicada en el BOPV del 9 de diciembre de 2013.
La ley 3/1992 del 1 de julio sobre Derecho Civil Foral del Pais Vasco establece tres formas diferentes a la hora de testar: por un lado los aforados , que se rigen por el derecho civil foral, comprende todas aquellas poblaciones que no tienen la denominación de villa.
Por otro , los no aforados , es decir, aquellos que se rigen por el derecho civil común y tienen vecindad civil en una villa: Bilbao , Portugalete , Balmaseda , Plencia , Gernika , Lekeitio , Durango Bermeo , Markina-Xemein , Ondarroa , Ermua y Lanestosa.
Y por último , aquellos que tienen vecindad en el Valle de Ayala , con su propio fuero , dejando libertad total al testador para que decida a quien dejar sus bienes.
En la ley 3/1999 se introdujo alguna pequeña modificación , no obstante ,voy a detallar las iniciativas que se han producido hasta fecha de hoy.
El 20 de junio de 2007 la "Academia Vasca de Derecho " formada por jueces , abogados , notarios ,registradores de la propiedad , procuradores y profesores universitarios , presentan en unas jornadas celebradas en Bilbao un "Anteproyecto de Ley de Derecho Civil Foral del Pais Vasco "basado en cuatro puntos fundamentales:
1-Que se dé un mayor protagonismo al derecho civil en todo el territorio del Pais Vasco.
2-Que haya un respeto por las instituciones de los derechos civiles forales territoriales vascos.
3-Que ambos derechos el civil y el foral se complementen e interaccionen estre sí.
4-Que se adapte el derecho civil vasco a posteriores realidades sociales y legislativas.
El 31 de mayo de 2012 la "Academia Vasca de Derecho" y el "Colegio de Abogados de Bizkaia"elaboran una "Propuesta de Ley Civil Vasca " después de revisar y reformular el anteproyecto del 2007 , y se remite a los grupos políticos del Parlamento Vasco.
El 28 de noviembre de 2012 se desarrolla la undecima jornada sobre derecho civil foral del Pais Vasco profundizandose en las instituciones del derecho civil foral en relación con la nueva propuesta de ley presentada en el parlamento por la "Academia Vasca de Derecho."
El parlamento vasco aprueba en 2013 una iniciativa no de ley relativa a la actualización del derecho civil vasco.
El Parlamento Vasco acuerda constituir una ponencia para que en el plazo de seis meses comparezcan los principales expertos en la materia , con el objeto de que antes de que acabe el 2013 se active el procedimiento reglamentario para aprobar la reforma del derecho civil vasco.
La ponencia se ha presentado el 28 de noviembre de 2013 aprobandose la resolución para la actualización del derecho civil vasco , publicada en el BOPV del 9 de diciembre de 2013.